En cada fecha de visita familiar pueden acudir hasta un máximo de tres (3) familiares hasta el tercer grado de consanguinidad y primer grado de afinidad por cada interno, previo cumplimiento de los requisitos de solicitud y de aprobación que señale la dirección del Establecimiento Penitenciario. Dicho documento deberá contener: 171.3 Lugar de destino autorizado para el desplazamiento del interno; la ruta será comunicada aparte al personal de seguridad, el cual debe mantenerla en reserva; 171.4 La evolución favorable del interno en el proceso de tratamiento y rehabilitación; 171.5 Las normas de conducta que debe observar el interno durante el permiso; y. 10) Delitos previstos en los artículos 5°, 6° y 7° de la ley 23.737 o la que en el futuro la reemplace. Asimismo, un ejemplar del acta será entregada al Director de la Oficina Regional. Además de los beneficios de recompensa previstos en el Artículo 59 del Código, se podrán otorgar los siguientes: 206.1 Mención honorífica, que será entregada en ceremonia pública por el director del establecimiento penitenciario; 206.3 Prioridad en la participación de actividades de carácter cultural, social y deportiva en el establecimiento penitenciario; y. - Visita.- Dos visitas semanales de máximo 3 familiares por consanguinidad hasta el cuarto grado o afinidad hasta el segundo grado, varones o mujeres, incluido el cónyuge o concubino. 104.3 No atentará contra la dignidad del interno. A efecto del control de la ejecución de la pena de prestación de servicios a la comunidad, la Dirección de Tratamiento de la Dirección Regional respectiva proporcionará las planillas de control laboral a la Entidad Receptora de Servicios, las cuales, debidamente llenadas, deberán ser devueltas mensualmente a la mencionada Dirección de Tratamiento. Durante el cumplimiento de la sanción de aislamiento, el interno, tendrá derecho a salir una hora diaria al patio, recibir una visita quincenal hasta de una persona, por cuatro horas, así como recibir asistencia religiosa a través de sacerdotes o agentes pastorales o la visita de instituciones humanitarias. La etapa de investigación a cargo del investigador no podrá durar más de quince días. En este caso, la administración penitenciaria podrá convenir con las entidades receptoras asuman, en la medida de lo posible, los gastos de transporte. La regresión de un interno sujeto a Régimen Cerrado Ordinario a una de las etapas del Régimen Cerrado Especial, se efectuará previo informe del Órgano Técnico de Tratamiento debidamente fundamentado. Según el Reglamento del Código de Ejecución Penal – DECRETO SUPREMO Nº 015-2003-JUS encontramos: SALUD La asistencia sanitaria penitenciaria … El interno tiene derecho a practicar libremente la religión que profesa, así como a no participar en ella. Está prohibido el ingreso a los establecimientos penitenciarios de equipos terminales, y sus componentes, correspondientes a los servicios de telecomunicaciones, tales como equipos celulares, satelitales, radios transceptores, y cualquier otro que permita la transmisión de voz y/o datos. 16.7 Mantener su celda limpia, ordenada y contribuir con los demás internos para el orden y limpieza de las áreas comunes, sin alterar, modificar, destruir o introducir alguna forma de construcción sin autorización expresa. Para la clasificación del interno, en las Etapas "A", "B" y "C", se debe tener en cuenta la situación jurídica, el delito imputado, las circunstancias en que se hubiere cometido, su condición de líder o cabecilla de organización delictiva, así como su comportamiento y antecedentes en el establecimiento penitenciario de procedencia.". Las resoluciones que imponen una sanción al interno, pueden ser objeto de un recurso de reconsideración en el término de tres días hábiles de notificada la sanción disciplinaria. Los demás establecidos en el Código, el Reglamento y demás normas penitenciarias. 99.4 Desarrollará otras acciones orientadas a lograr la resocialización del interno. 140.6 Difundir los alcances de la normatividad en materia penal, procesal penal y de ejecución penal a través de charlas, talleres y otros medios. Si la solicitud fuera declarada improcedente el interno podrá interponer recurso de apelación que será resuelto por el Consejo Técnico Penitenciario en un plazo no mayor de cinco días hábiles. Este último criterio será especialmente aplicable para el caso de ubicación o transferencia de los internos a Establecimientos Penitenciarios entregados en concesión. La presentación del sentenciado al centro laboral donde debe cumplirse la sentencia está a cargo de la Dirección Regional de Tratamiento. Los establecimientos penitenciarios cuentan con un director, subdirector, administrador, Consejo Técnico Penitenciario, Órgano Técnico de Tratamiento y un Órgano de Seguridad, así como con el personal necesario conforme al Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario. 51.11 Resoluciones de traslado, si las hubiera. En los casos de internos que hayan cometido los delitos previstos en los artículos 107, 108, 108-A, 108-B, 153, 153-A, 200, 279-G, 297, 317, 317-A, 317-B y … La atención especializada se efectuará preferentemente a través del sistema nacional de salud. 11.2 Tener acceso a una atención adecuada y oportuna de salud. La resolución que concede este beneficio formará parte del expediente personal del interno. 11.4 Recibir alimentación balanceada y en condiciones higiénicas. Los ingresos por concepto de trabajo del interno correspondiente al diez por ciento (10%) será para solventar las actividades productivas y de tratamiento penitenciario del INPE, el mismo que se deposita en la cuenta que determine el Instituto Nacional Penitenciario. Posteriormente, el 27 de febrero de 2021 se publicó el Texto Único Ordenado mediante el Decreto Supremo 003-2021-JUS. La última modificación que se introdujo al Código de Ejecución Penal se dio mediante el DL 1514, el 4 de junio en la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano. Los gastos deberán ser asumidos por los padres. - Apertura y cierre de celdas.- Las celdas se abrirán a las 08.30 horas y se cerrarán, indefectiblemente, a las 21 horas. Se clasificará como activa para los internos que estuvieran en el Establecimiento Penitenciario y pasiva para los que hubieran egresado, activándose si el titular reingresara al establecimiento penitenciario. La conducción de los internos deberá efectuarse en medios de transporte seguros, adecuados, higiénicos y con suficiente ventilación y luz. Se proporcionará ración alimenticia especial al interno que se encuentre ubicado en los ambientes de salud del establecimiento penitenciario, al mayor de sesenta y cinco años, a la interna gestante, madre lactante y al niño menor de tres años que vive con su madre en el establecimiento penitenciario, así como a los que a juicio del médico tratante lo requieran. El Consejo debe fundamentar su decisión. La visita extraordinaria tendrá una duración máxima de 2 horas y terminará obligatoriamente antes de la hora de encierro. Cuarta.- Los regímenes penitenciarios que se rijan por normativa especial, seguirán regulados por dichas normas, en tanto que no haya una derogatoria o modificación expresa. Los suscriptores pueden ver una lista de toda la legislación y jurisprudencia citada de un documento. Los representantes del Cuerpo Diplomático acreditados en el país, representantes del Comité Internacional de la Cruz Roja u otros Organismos No Gubernamentales, podrán ingresar a los Establecimientos Penitenciarios, previa autorización del Director del Establecimiento Penal, Director Regional o cualquier miembro del Consejo Nacional Penitenciario, para lo cual dirigirán su pedido por escrito a la autoridad penitenciaria respectiva, especificando los motivos de su visita. Las peticiones, quejas y denuncias podrán ser formuladas en forma individual o grupal. La Etapa "C" se basa en una mayor confianza al interno, y en el otorgamiento de mayores espacios para mantener relaciones con el exterior. El interno tiene derecho a entrevistarse y comunicarse con su abogado defensor, que designará por escrito, en el ambiente que le proporcione el Establecimiento Penitenciario, el mismo que debe garantizar la buena comunicación y privacidad entre ambos. 984 que modifica el Código de Ejecución Penal, Decreto Ejecutivo núm. Los ambientes están bajo vigilancia externa reforzada. En los establecimientos penitenciarios donde no hubiera personal médico, el informe sobre la salud del interno, podrá ser emitido por profesionales del área de salud de la localidad, o en su defecto por un médico de la actividad privada. La administración penitenciaria calificará la situación de convivencia de los internos que no siendo casados, tienen relaciones afectivas permanentes. Cuando el sentenciado cumpla totalmente con la prestación de servicios a la comunidad o la limitación de días libres, la Dirección de Tratamiento de la Dirección Regional dará cuenta al juez de origen a efecto de anular los antecedentes. El Código de Ejecución Penal Peruano reconoce el derecho de los procesados y condenados a la convivencia en un medio que satisfaga condiciones de salubridad e higiene, así como a un ambiente adecuado sea este individual o colectivo, de acuerdo al tratamiento que le corresponda . Para la conducción de los internos, el personal responsable adoptará todas las medidas que permitan sustraerlos de la curiosidad pública y de posibles agravios. - Visitas de familiares menores de edad.- La visita de familiares menores de edad se realiza por un máximo de dos (2) horas cada quince días, de acuerdo al rol que establezca la dirección del Establecimiento Penitenciario. La persona privada de libertad a quien se le atribuya la comisión de una falta disciplinaria será sometida a un procedimiento administrativo con las garantías del debido proceso. - Ubicación en celda.- Cada interno ocupa un (1) ambiente unipersonal en condiciones adecuadas de habitabilidad, concordante con el régimen de seguridad impuesto. 210.4 Informe del área legal en el que se compute el tiempo redimido y el tiempo de la pena efectiva de modo que se acredite el cumplimiento total de la condena. Para acogerse al beneficio de semilibertad, además de los requisitos establecidos en el artículo 49 del Código, el interno deberá presentar una declaración jurada afirmando que solicita la semilibertad con la finalidad de realizar una actividad laboral o educativa. Para la redención de la pena por la educación, se computará como un día de estudio la dedicación a esta actividad durante al menos cuatro horas efectivas mínimas, así sea en días diferentes. Los grupos religiosos que obtengan permiso de ingreso al establecimiento penitenciario se sujetarán a las reglas de seguridad y normas internas del mismo. En caso de declararse fundada la impugnación se deberá ordenar el retorno del interno al establecimiento penitenciario de origen. La Administración Penitenciaria llevará un registro de visitantes. Las mujeres embarazadas, las madres con niños menores de tres años, las personas adultas mayores de sesenta años y las personas con discapacidad que vengan de visita, deberán ser atendidas preferentemente. La autoridad penitenciaria podrá ordenar las revisiones de rutina, por lo menos una vez por semana, en los ambientes que ocupa el interno, las que se realizarán con presencia del director o subdirector, del jefe de seguridad y del personal de tratamiento; éstos participarán como observadores. La administración penitenciaria promoverá el desarrollo de la actividad laboral con la participación de los gremios profesionales y empresariales, la sociedad civil y la cooperación técnica internacional. La administración penitenciaria brindará a todos los internos una atención médico-sanitaria equivalente a la dispensada al conjunto de la población en libertad. Estos criterios serán igualmente aplicables cuando, por excepción, ingrese personal distinto al penitenciario para controlar situaciones de emergencia. Los internos que realicen dichas actividades serán considerados trabajadores ad honorem, con derecho a redimir su pena por trabajo. El régimen de vida del interno está destinado a garantizar el mantenimiento del orden, el control y la disciplina, dentro del debido respeto a los derechos humanos y de las limitaciones impuestas por su situación jurídica, bajo las reglas siguientes: - Patio.- Dos (2) horas de patio al día. La Oficina General de Planificación deberá informar mensualmente a la Comisión Nacional de los Pueblos Andinos y Amazónicos - CONAPA y al Consejo Nacional de Integración de la Persona con Discapacidad del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, respecto de la cantidad, nombre y ubicación de los internos integrantes de una comunidad campesina o nativa, o con discapacidad. El ingreso a las celdas, y el subsiguiente encierro bajo llave, se efectuarán indefectiblemente a las 21:00 horas. Las sesiones del Consejo Técnico Penitenciario deberán realizarse con la asistencia de por lo menos tres de sus miembros. 102.2 Difícilmente readaptable. 210.5. El liberado podrá acumular el tiempo de redención de pena para el cumplimiento de su condena. ... reconoce que la inexistencia de un reglamento de la Ley de Rehabilitación del Delincuente dificulta, ... La Política Penitenciaria fijará las bases y los principios fundamentales de la ejecución de El director de un establecimiento penitenciario cumplirá sus funciones a dedicación exclusiva. WebDe conformidad con el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; el Decreto Legislativo Nº 654 que aprueba el Código de Ejecución Penal, la Ley Nº … Además de las obligaciones previstas en la Ley Nº 27030, las Entidades Receptoras de Servicios a la Comunidad o de Limitación de días libres, asumen las funciones de gestión de los servicios u orientaciones educativas o psicológicas, asesoramiento, seguimiento y asistencia de los penados, sin perjuicio de la supervisión y control de la autoridad penitenciaria. Concluida la audiencia descrita en el Artículo 87, el Consejo Técnico Penitenciario, en un plazo no mayor de tres días hábiles, emitirá una resolución en que se determine la responsabilidad o ausencia de ella en el interno. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente Reglamento del Código de Ejecución Penal regula la ejecución de la pena privativa de la libertad, las restrictivas de la libertad, las limitativas de derechos y las medidas de seguridad. Artículo 2.- Los informes emitidos por los profesionales que integran el Órgano Técnico de Tratamiento para efectos de solicitar un beneficio penitenciario, deberán expresar criterios que permitan al magistrado sustentar el sentido de su resolución. Los internos procesados podrán participar voluntariamente en la actividad laboral del establecimiento penitenciario. Dichas actividades se realizan exclusivamente al interior del pabellón asignado, y deben ser aprobadas por el Consejo Técnico Penitenciario. El interno sancionado disciplinariamente con aislamiento no podrá redimir su pena mientras dure dicha medida. Semilibertad y liberacion condicional, TÍTULO VIII. El permiso de salida es concedido por el director del establecimiento penitenciario hasta por setenta y dos horas, cuando concurran las circunstancias contenidas en el artículo 43 del Código y teniendo a la vista el expediente personal del interno, previo informe social. El Consejo Técnico Penitenciario de cada Establecimiento Penal determinará el número máximo de visitantes a que tiene derecho cada interno, de acuerdo con la capacidad y seguridad del penal. Control y supervisión de la ejecución de la pena, CAPÍTULO V. Cumplimiento e incumplimiento de la pena, Interrelación con modelos, doctrina y jurisprudencia. La solicitud se tramitará ante el juez penal que impuso la pena más alta. En los casos que el juez disponga la libertad del procesado en procesos penales o en los de Hábeas Corpus, la Oficina de Registro Penitenciario o quien haga sus veces, bajo responsabilidad funcional y penal, dispondrá la excarcelación del interno, siempre que no registre mandato de detención vigente emanado de autoridad competente o condena a pena privativa de libertad efectiva, pendiente de cumplimiento. El juez penal, en cualquier momento, podrá disponer que los médicos legistas informen sobre el estado de salud del interno hospitalizado, para determinar según sea el caso, su permanencia o retorno al establecimiento penitenciario. La administración penitenciaria fomentará, en caso de ser necesario, el funcionamiento de centros educativos, dentro del establecimiento penitenciario. La Ficha de Identificación de los internos contendrá una fotografía, los datos de filiación, impresión dactilar, odontograma, estigmas y cualquier otra seña o característica que permitan individualizarlo, debiendo precisarse cualquier impedimento o discapacidad física. En el caso de los expedientes de gracia, se remitirán directamente al Ministerio de Justicia. En caso el trabajo sea realizado directamente por los internos utilizando los medios previstos en el numeral 115.3 del artículo 115 del presente Reglamento, 70% de los ingresos para gastos propios del interno y su familia, el 20% para el pago de la reparación civil en caso existiera y el 10% para solventar costear los gastos que genera su actividad laboral y de tratamiento penitenciario. Webtranscurrido 33 días hábiles, no obstante el artículo 110 del Reglamento del Código de Ejecución Penal , establece que el trámite dura 48 horas, la misma que se habría reiterado, reclamo que tampoco habría sido atendido, hasta el día de la interposición de la presente demanda ; Y, CONSIDERANDO: Primero.- WebEl Proyecto suprime la figura del Juez de Ejecución Penal, institución que fue introducida por el Código de 1985 para el control judicial de las penas, la misma que no logró la … Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de sus integrantes. 266.3 La resistencia o incumplimiento reiterado y manifiesto de las instrucciones dadas por el responsable de la Entidad Receptora de Servicios a la Comunidad o de Limitación de días Libres. Este Centro será acondicionado atendiendo la infraestructura del establecimiento. 11.10 Ser informado por escrito sobre su situación jurídica y régimen penitenciario bajo el cual se encuentra, así como acerca de sus derechos y obligaciones cuando ingrese y durante su permanencia en el Establecimiento Penitenciario. Tratándose de procesados, dicha comunicación deberá hacerse además al juez de la causa. Los dormitorios y ambientes usados por el interno deben reunir condiciones de higiene adecuadas, contando con el espacio, ventilación, servicios sanitarios y alumbrado necesario. 243.4 En la ejecución de las penas a que se refiere este título, habrá de observarse, además, lo dispuesto en las Leyes Nºs. La comisión de una falta grave o leve que afecte sensiblemente la seguridad del penal. El servicio no realizado y la orientación no recibida no se computarán en la liquidación de la condena. La distribución de los libros de la biblioteca podrá estar a cargo de un interno. Web— El presente Reglamento del Código de Ejecución Penal regula la ejecución de la pena privativa de la libertad, las restrictivas de la libertad, las limitativas de derechos y las … La permanencia del interno en este establecimiento no excederá de veinticuatro horas, salvo disposición judicial expresa o por razones de seguridad debidamente motivadas. Estarán sujetos al siguiente régimen: - Patio.- Cuatro (4) horas de patio al día. WebEjecutivo la facultad de dictar mediante Decreto Legislativo el Código de Ejecución Penal; De conformidad con los artículos 188, 211, inciso 10), y 234 de la Constitución Política … El interno admitido, será alojado en una celda o ambiente separado del resto de la población penitenciaria. WebEl artículo 3 del Código Penal regula las garantías judicial, procesal y ejecutiva. En todo establecimiento penitenciario se formará un expediente personal de cada interno, que deberá contener: 51.1 Copia del mandato judicial en el que se dispone el internamiento. 224.1 Organizar y llevar la contabilidad del establecimiento penitenciario; 224.2 Supervisar el cumplimiento de las normas y disposiciones sobre recursos humanos, presupuesto, contabilidad y abastecimiento; 224.3 Efectuar los pagos y custodiar los fondos asignados al establecimiento; 224.4 Integrar el Consejo Técnico Penitenciario; 224.5 Tener a su cargo la supervisión y control de los concesionarios del establecimiento penitenciario; 224.6 Supervisar y controlar los servicios generales del establecimiento; 224.7 Velar por la efectiva, equitativa y adecuada provisión de alimentos a la población penal; y. Procedimiento de asignación de servicios comunitarios o de tareas educativas, CAPÍTULO IV. Las visitas se realizarán en los lugares señalados para tal efecto. Para el control de la actividad laboral de los internos, el Área de Trabajo del Establecimiento Penitenciario deberá llevar los libros que se detallan, debidamente legalizados por el Secretario del Consejo Técnico Penitenciario: 110.1 Libro de Registro de Trabajo. La visita será directa y tendrá una duración máxima de seis (6) horas. En el Régimen Ordinario y en el Régimen Cerrado Especial, son causales de regresión en el tratamiento: La acumulación de dos evaluaciones desfavorables. - Apertura y cierre de celdas.- Las celdas se abrirán a las 08.30 horas y se cerrarán, indefectiblemente, a las 20 horas. El beneficiado con semilibertad o liberación condicional podrá solicitar las gracias presidenciales del indulto o la conmutación de pena. La redención de la pena por trabajo y educación servirá para acceder con anticipación a la: 178.1 Libertad bajo vigilancia, otorgada en audiencia pública extraordinaria conforme al Decreto Ley Nº 25476; 178.4 Libertad por cumplimiento de condena. La revocatoria de la semilibertad o liberación condicional por la condena de un delito doloso, obliga a cumplir el tiempo de la pena pendiente al momento de su concesión. A los efectos de lo establecido en el artículo 34 del Código Penal, se considera prestación de servicios a la comunidad todo trabajo voluntario, gratuito, personal y de utilidad pública. 171.6 Las medidas de seguridad convenientes y adecuadas que deberán adoptarse. Las entidades receptoras no podrán supeditar la asignación y ejecución de la prestación de servicios a la comunidad a la obtención de beneficios económicos. Modificación del artículo 62 del Reglamento del Código de Ejecución Penal, aprobado por el Decreto Supremo N° 015-2003-JUS, con el siguiente texto: … Ejecución y cumplimiento de las sanciones, TÍTULO V. Tratamiento y servicios penitenciarios, TÍTULO VI. 111.3 Diez por ciento (10%) para costear los gastos que genera el desarrollo de la actividad laboral y de tratamiento del interno a favor del Instituto Nacional Penitenciario. 88546. El costo que genere esta atención deberá ser asumida por el interno. 11.8 Comunicarse periódicamente, en forma oral, escrita y en su propio idioma o dialecto, con sus familiares, amigos y organismos e instituciones de asistencia penitenciaria. El Consejo Nacional Penitenciario podrá habilitar pabellones de Establecimientos Penitenciarios de Régimen Cerrado Especial donde puedan aplicarse las etapas del Régimen Cerrado Ordinario previstas en el artículo 11 C del Código de Ejecución Penal. Establecimientos penitenciarios, CAPÍTULO II. El tratamiento médico-sanitario se llevará a cabo siempre con el consentimiento informado del interno. 198.4 Certificado médico de fecha reciente expedido por el área de salud en el que se indique que él o la cónyuge o conviviente no adolece de enfermedades de transmisión sexual. El producto del trabajo del interno, procesado o sentenciado, se distribuirá de la siguiente manera: 111.1 Setenta por ciento (70%) para sus gastos personales, obligaciones familiares y ahorro, salvo lo dispuesto por mandato judicial por pensión alimenticia, que se depositarán en las cuentas especiales previstas en el artículo 52 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1343. Sin perjuicio de las acciones de control que la autoridad penitenciaria pueda ejercer en el centro laboral, educativo o en el domicilio del beneficiado con una semilibertad o liberación condicional, el liberado tiene la obligación de informar personalmente cada treinta días de sus actividades, al Área de Tratamiento en el Medio Libre que corresponda o al funcionario encargado de realizar dicha labor. Para la conducción de una interna será necesaria la presencia de personal femenino de seguridad del Instituto Nacional Penitenciario o de la Policía Nacional del Perú, sin perjuicio del personal masculino que se requiera. Las dos sesiones convocadas, no pudieron instalarse por falta de quórum. Ingreso y clasificación del interno, CAPÍTULO V. Peticiones, quejas y denuncias del interno, CAPÍTULO I. La administración penitenciaria difundirá y promoverá la paternidad y maternidad responsables, así como programas de planificación familiar. Las circunstancias especiales en las que el Consejo Técnico Penitenciario requerirá convocar a los profesionales para su actuación a nivel nacional se determinarán por Resolución Presidencial. Se autoriza el uso del servicio público móvil, únicamente por necesidades del servicio y sin perjuicio del correspondiente registro, a las siguientes personas: Directores, subdirectores y jefes de las divisiones de seguridad de los establecimientos penitenciarios. Para todo traslado el director del establecimiento penitenciario de origen deberá observar, bajo responsabilidad, las siguientes reglas: 160.1 Informar al interno sobre el establecimiento penitenciario de destino, así como de los motivos del traslado. Para estos efectos, no se podrán computar más de ocho horas diarias de estudio. La administración penitenciaria y el Ministerio de Justicia promoverán progresivamente la asignación de estímulos a los practicantes y secigristas que desarrollen sus actividades en los establecimientos penitenciarios. WebEXPEDIR LA SIGUIENTE CODIFICACION DEL CODIGO DE EJECUCION DE PENAS Y DE REHABILITACION SOCIAL TITULO I DEL AMBITO DE LA LEY Art. Concedido el beneficio de semilibertad o liberación condicional, el juez penal remitirá copia de la resolución al Ministerio Público y al Área de Tratamiento en el Medio Libre de la administración penitenciaria que corresponda, para efectos del control respectivo. Cuando la pareja del interno estuviera también recluida en un establecimiento penitenciario, la administración penitenciaria autorizará la visita íntima, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Artículo 198 del Reglamento. Las faltas disciplinarias leves prescribirán a los cuatro meses y las graves a los ocho meses. La reclusión en un Establecimiento Penitenciario sólo se hará por mandato de la autoridad judicial competente. - Visita de menores de edad.- La visita de menores de edad será cada 15 días, quienes deberán estar acompañados del padre, madre o tutor. En este caso, el … Consejo técnico penitenciario, TÍTULO X. Ejecución de las penas restrictivas de la libertad, TÍTULO XI. Los suscriptores pueden ver una lista de todos los documentos que citan el caso, Los suscriptores pueden ver una lista de todas los versiones de la ley con las distintas afectaciones, Los suscriptores pueden ver todas las afectaciones de un caso. La organización y administración del Registro Nacional de Entidades Receptoras, está a cargo del Instituto Nacional Penitenciario a través de la Oficina de Tratamiento en el Medio Libre y Penas Limitativas de Derecho de la Oficina General de Tratamiento. WebEn el Código de Ejecución Penal, en el artículo 1, regula respecto a la ejecución de la pena de acuerdo a como lo establece la sentencia emitida por el órgano jurisdiccional, … Concluida la investigación el investigador deberá remitir un informe al Consejo Técnico Penitenciario que contenga lo siguiente: 86.1 Identificación del interno a quien se atribuye la comisión de la falta disciplinaria. De no optar por la reconsideración, el interno podrá interponer un recurso de apelación ante el Consejo Técnico Penitenciario en el término de un día hábil de notificada la sanción disciplinaria. LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 16-06-2016 1 de 77 LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL TEXTO VIGENTE Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio de 2016 El interno podrá afiliarse a un seguro de atención médica público o privado y tendrá derecho a ser atendido en los centros asistenciales que correspondan con las debidas medidas de seguridad. Igual procedimiento deberá adoptar la administración penitenciaria a través de la junta médica. Los suscriptores pueden ver una lista de resultados conectados a su documentos vía tópicos y citas encontradas por Vincent. WebCódigo Penal, 1992-01, Corporación de Estudios y Publicaciones, Quito, Ecuador, págs. Igualmente, dará cuenta del abandono del trabajo o de la sesión educativa o psicológica. Se requerirá opinión previa de una junta médica. WebSocial (texto ordenado del Reglamento General de Procesados) y a la Resolución 1587/08 del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos (mecanismo de vigilancia … En consecuencia, se encuentra prohibido por parte de los internos el uso de cualquier otro servicio de telecomunicaciones que permita la transmisión de voz y/o datos, distinto a los teléfonos públicos y locutorios instalados para tal efecto. 32.5 Por cumpleaños del interno, siempre y cuando acredite buena conducta, certificada por el Consejo Técnico Penitenciario. En los demás casos, el expediente será remitido al director del establecimiento penitenciario de destino, para la continuación del tramite correspondiente. En la Etapa "A", el interno se encuentra sujeto a una estricta disciplina y vigilancia, y corresponde a los de más difícil readaptación. Toda entrega y recepción de internos se efectuará en grupos ordenados, previa verificación de su estado de salud y revisión personal. Cuando sea necesario un tratamiento que implique grave riesgo para la vida, integridad física o mental, se requerirá previamente el consentimiento escrito del interno. La visita íntima la concede el director del establecimiento penitenciario al interno que cumpla los siguientes requisitos: 198.1 Solicitud al director del establecimiento penitenciario indicando los datos de identidad de su pareja; 198.2 Copia simple de la partida del matrimonio civil o religioso o cualquier otro documento que acredite la relación de convivencia; 198.3 Informe médico que certifique que el interno no adolece de enfermedades de transmisión sexual; y. Donde no existiera dicha oficina, el director designará al funcionario que se encargue de dicho registro. La medida podrá suspenderse o modificarse por razones médicas. En caso de ser analfabeto, esta información deberá ser proporcionada en forma oral. Posteriormente el 09 de setiembre de 2003, fue promulgado el Decreto Supremo (N° 015-2003-JUS) que aprueba el Reglamento del Código de Ejecución Penal. 1385, … El subdirector del establecimiento penitenciario contribuirá a la supervisión y control de los órganos administrativos y de seguridad. 16.1 Cumplir las disposiciones sobre orden, aseo y disciplina. El Área de Registro Penitenciario y el responsable del área de historial penitenciario, serán los encargados de mantener actualizada la documentación que corresponda al expediente. Dicha solicitud será resuelta en un término de tres días sin dictamen previo del Ministerio Público. Los internos extranjeros podrán comunicarse y ser visitados por los representantes diplomáticos o consulares de su país de origen o con las personas que ellos designen. En caso que el establecimiento penitenciario no cuente con un jefe de seguridad, el director nombrará a otro funcionario o servidor para el cumplimiento de dicha función. En los Establecimientos Transitorios, el Director establecerá el horario. El Órgano Técnico de Tratamiento establecerá si al interno le corresponde el Régimen Cerrado Ordinario o una de las etapas del Régimen Cerrado Especial. Para el control de la actividad educativa de los internos, el Área de Educación del Establecimiento Penitenciario deberá llevar los libros que se detallan, debidamente legalizados por el Secretario del Consejo Técnico Penitenciario: 122.1 Libro de Registro de Educación. La redención de la pena por el trabajo se acredita con la planilla de control laboral efectiva que estará a cargo del jefe de trabajo. Los establecimientos penitenciarios especiales son aquellos en los que prevalece el carácter asistencial y comprenden: 217.4 Centros para internas que se encuentren en estado de gestación o período de lactancia. 138.4 Emitir informe social para el trámite de las solicitudes de los beneficios penitenciarios, gracias presidenciales y otros, conteniendo la actual situación socio familiar del interno. 140.8 Las demás funciones que le encomiende el jefe del Órgano Técnico de Tratamiento o el director del establecimiento penitenciario. La revisión íntima se hará únicamente cuando existan indicios razonables de intento de introducción de objetos prohibidos que atenten contra el régimen penitenciario. 86.3 Los elementos probatorios que fundamentan la responsabilidad o inocencia del investigado. Las entidades receptoras son aquellas en las que el sentenciado cumplirá las penas a que se refiere este título. El Consejo Técnico Penitenciario establecerá el horario de uso, cuyo control estará a cargo del personal de seguridad. Los medios para el trabajo podrán ser proporcionados por: 115.2 Las entidades públicas o privadas a través de la administración penitenciaria. Para su concesión se tomarán en cuenta los antecedentes y demás circunstancias personales del interno. Los visitantes respetarán el orden y la disciplina, y deben comportarse correctamente. 46.7 Los fácilmente readaptables de los de difícil readaptación. La revisión corporal de un menor de 18 años de edad, además deberá ser realizada en presencia de su padre, madre o persona mayor que lo acompañe. En la entrevista se le expondrán las distintas plazas existentes, con indicación expresa de su función y del horario en que deberá ejecutar la prestación. o) Delito de secuestro extorsivo y sus formas agravadas tipificados en el artículo … La ficha de encuesta deberá contener los datos que sirvan para determinar la unidad receptora o de limitación de días libres. El presente Reglamento del Código de Ejecución Penal regula la ejecución de la pena privativa de la libertad, las restrictivas de la libertad, las limitativas de derechos y las medidas de seguridad. La progresión o regresión en el tratamiento penitenciario dependerá de la respuesta positiva o negativa del interno al tratamiento y a la observación de las normas que regulan el régimen interno. La promoción del interno a la siguiente etapa requerirá de cuatro (4) evaluaciones favorables, debiendo ser las dos últimas continuas. WebRazones jurídicas para modificar el artículo 165° del reglamento del código de ejecución penal y concordantes. Autor. - Comunicaciones.- Los internos pueden tener comunicación epistolar. Los miembros de las organizaciones religiosas e Iglesias deberán acreditar su representación para los efectos del otorgamiento del permiso, antes del inicio de su actividad. Para el control de la actividad laboral de los internos, el área de trabajo del Establecimiento Penitenciario entregado en concesión al Sector Privado requerirá de monitoreo digital para su registro e inspección, tanto para su retribución como para el cómputo laboral. Esta limitación no alcanza al uso de datos con fines estadísticos o estudios criminológicos, sin utilizar información que permita la identificación del interno. Para imponer una sanción se tomará en consideración la naturaleza de la falta, la gravedad del perjuicio ocasionado, la responsabilidad del interno, el grado de su participación, la confesión sincera y la reparación espontánea del perjuicio, así como las demás circunstancias concurrentes. Designados que fuesen al menos cuatro representantes, la administración penitenciaria los convocará para la instalación y elección correspondiente. - Visita.- Dos visitas semanales de máximo 4 familiares por consanguinidad hasta el cuarto grado o afinidad hasta el segundo grado, varones o mujeres, incluido el cónyuge o concubino. Se encuentra prohibido el traslado de internos procesados, con excepción de los casos previstos en los incisos 159.1, 159.4 segundo párrafo, 159.7, 159.8 y 159.9; en cuyos supuestos el traslado deberá ser puesto en conocimiento de la autoridad judicial que tiene a su cargo el proceso penal. La revisión corporal deberá efectuarse respetando la dignidad de las personas, en condiciones de salubridad. En el caso de Establecimientos Penitenciarios entregados en concesión al Sector Privado la distribución de los ingresos se fijará conforme al primer párrafo del artículo 67 del Código y, además, de acuerdo a lo siguiente: En caso el trabajo efectuado por los internos se realice bajo las órdenes, requerimientos y supervisión impartidas por el concesionario se fijará, en el contrato de concesión respectivo, el porcentaje de los ingresos de los internos que serán descontados para costear parte de los gastos que irrogue su permanencia en el establecimiento penitenciario. las establecidas mediante los Decretos. El procedimiento se inicia a instancia de la administración penitenciaria o por denuncia del afectado. La sanción se anotará en el expediente personal del interno sancionado. Webvigencia del nuevo Código Procesal Penal han sido pasos importantes de ese proceso de fortalecimiento. El cumplimiento de la sanción podrá reiniciarse previo informe médico. Los menores deberán estar acompañados del padre, madre u tutor. 222.2 Otras funciones que le encargue el director del establecimiento penitenciario. En el caso de establecimientos penitenciarios entregados en concesión al sector privado, el concesionario se encargará de llevar a cabo el procedimiento disciplinario de los internos, como órgano de primera instancia, cautelando la observancia del debido procedimiento, los plazos, así como la designación del personal responsable y demás acciones previstos en el presente capítulo. Para la ubicación en la Etapa "A - Extrema Seguridad" se tienen en cuenta la concurrencia de los dos supuestos siguientes: Condición de jefes o cabecillas principales de las organizaciones criminales o delictivas procesados o sentenciados por delitos de terrorismo, traición a la patria, contra la administración pública, tráfico ilícito de drogas o delitos contra la humanidad; y. Razones fundadas de riesgo a la seguridad nacional o que representen peligro a la seguridad penitenciaria o de difícil readaptación. Legislativos Nºs. El Jefe del Órgano Técnico de Tratamiento tiene las siguientes funciones: 237.1 Coordinar y hacer cumplir las acciones de clasificación del interno, para el tratamiento individualizado y grupal; 237.2 Supervisar, controlar y evaluar la calidad en la prestación de los servicios a cargo de los profesionales y técnicos de las distintas especialidades del tratamiento penitenciario, sugiriendo medidas en la evaluación y organización del expediente sobre beneficios penitenciarios; 237.3 Mantener permanente coordinación con los jefes de los servicios legal, psicológico, social y de salud, así como con las áreas de educación, trabajo e identificación penológica, con la finalidad de dar cumplimiento a las acciones de tratamiento a los internos; 237.4 Remitir al director del establecimiento penitenciario los informes de evaluación de los internos que solicitan acogerse a los beneficios penitenciarios; y. El trabajo penitenciario no genera vínculo ni relación laboral algunos. En cada establecimiento penitenciario existirá por lo menos un Órgano Técnico de Tratamiento, el mismo que estará integrado por: Los órganos técnicos de tratamiento estarán dirigidos por un jefe que será designado por el Director General de la Región correspondiente. 77.4 Privación de permisos de salida hasta un máximo de sesenta días. 9) Financiamiento del terrorismo previsto en el artículo 306 del Código Penal. El personal penitenciario de seguridad portará armas y equipos de seguridad de uso oficial sólo y exclusivamente para el servicio de seguridad de los Establecimientos Penitenciarios, dependencias conexas, y para los traslados y conducción de internos para los fines previstos en el Artículo 152 de este Reglamento. El concesionario fijará el horario y establecerá el procedimiento de trabajo, conforme a ley, a las condiciones pactadas en el contrato de concesión respectivo y al presente reglamento en lo que sea aplicable. 138.2 Promover redes de soporte interinstitucional que coadyuven en el tratamiento del interno, así como canalizar acciones de apoyo al interno de escasos recursos. WebCONCORDANCIA: D.S. Todo establecimiento penitenciario deberá contar con un Centro de Observación y Clasificación a cargo del Órgano Técnico de Tratamiento, lugar donde se determinará la ubicación del interno dentro del establecimiento y se formulará el diagnóstico y pronóstico para su tratamiento. Asimismo, en dicho contrato se establecerá el porcentaje de descuento correspondiente para amortizar el pago de la reparación civil fijada en la sentencia condenatoria firme, si fuera el caso, y el porcentaje remanente constituirá recursos propios del interno y su familia. 122.3 Libro de Control de Evaluaciones. 51.2 Copia de la sentencia en los casos de internos condenados. La Administración Penitenciaria adoptará las medidas necesarias para evitar su alteración, pérdida o acceso no autorizados. Un supervisor controlará el cumplimiento de esta pena para lo cual realizará visitas al local donde ésta se ejecuta; asimismo podrá recurrir a llamadas telefónicas o a cualquier otro medio. 243.3 En los casos en que se haya celebrado el convenio a que se refiere este artículo, las alusiones hechas, en este título, a la Dirección de Tratamiento, se entenderán hechas a la Municipalidad o Unidad Policial Correspondiente. El director del establecimiento penitenciario expedirá la autorización de permiso de salida. La información se podrá brindar de manera personal, por escrito o vía telefónica, sin desmedro de publicarse en lugares visibles la relación de los internos trasladados. Las entidades que organicen las mismas actividades deberán contar con la aprobación del INPE. Los envases u otros objetos que pretendan ingresarse al Establecimiento Penitenciario, no podrán ser de vidrio ni de metal, salvo autorización por motivos excepcionales. Además, una vez impuesta, esta no puede exceder lo contemplado en la Ley material. - Estímulos.- El buen comportamiento permanente del interno le permitirá acceder a visita especial directa por una hora hasta por tres familiares el día de su onomástico, navidad, día de la madre o el padre, según corresponda. Los internos podrán prestar servicios auxiliares o de mantenimiento. En este último supuesto, el Director autorizará la visita del abogado cuando las necesidades de la defensa del interno no admitan dilación. Penas de prestación de servicios a la comunidad y de limitación de días libres, CAPÍTULO III. Para los condenados por los delitos contemplados en el Decreto Ley Nº 25475, cuya solicitud se encuentre en trámite según lo señalado en la Única Disposición Transitoria de la Ley Nº 29423, se aplicará lo dispuesto en el párrafo precedente. 8) Casos en que sea aplicable el artículo 41 quinquies del Código Penal. La Junta Técnica de Clasificación estará conformada por un abogado, un psicólogo y un asistente social. Por razones de seguridad, esta información se podrá brindar cuando se haya ejecutado el traslado; 160.3 Permitir al interno llevar sus pertenencias personales indispensables o garantizar que las mismas lleguen a su lugar de destino en un plazo no mayor de cinco días; se debe entregar el resto a sus familiares o a la persona designada por el interno. 159.4 Por la puesta en funcionamiento de un nuevo Establecimiento Penitenciario público, dándose prioridad a los internos cuyo lugar de origen o residencia de su familia se encuentre cercano al nuevo destino. 51.9 Resultados de las evaluaciones efectuadas por los profesionales del Órgano Técnico de Tratamiento. El beneficio se concede en los ambientes implementados para tal fin, y tiene una periodicidad de 30 días. Cuando los progenitores del menor de edad se encuentren recluidos en establecimientos diferentes, la concesión establecerá la posibilidad de concretar la visita extraordinaria a ambos progenitores en un solo establecimiento penitenciario, una vez cada quince días, salvo disposición debidamente motivada que sustente la necesidad de reducir dicho plazo con el fin de minimizar los efectos de la privación de la libertad de los progenitores en el desarrollo del menor de edad, dando cuenta al superior inmediato, bajo responsabilidad funcional. En el caso de Establecimientos Penitenciarios entregados en concesión al Sector Privado se precisarán, en el contrato de concesión respectivo, las facultades y limitaciones del concesionario en materia de dirección, organización y supervisión de la producción, comercialización y prestación de servicios de los internos. 27030 y 27935, y su reglamentación. Durante el permiso de salida, el personal de seguridad portará la autorización que justifica la permanencia del interno fuera del establecimiento penitenciario. El derecho de defensa no sufrirá ninguna restricción. A su ingreso al Establecimiento Penitenciario, los internos recibirán información mediante cartilla o informe oral en su idioma, sobre el régimen de vida, sus derechos y obligaciones. Toda sanción debe registrarse en el Libro de Medidas Disciplinarias que para este fin habilite el director del establecimiento penitenciario. El médico y/o personal de salud realizará visitas semanales al interior de las instalaciones del establecimiento penitenciario, para supervisar las condiciones de higiene ambiental y alimentaria, así como el saneamiento, formulando un informe mensual al director para la adopción de las medidas que correspondan. El control de las condiciones generales de los centros ... También tendrán derecho de comunicarse privadamente con el juez de ejecución y el Director del Centro para informar de cualquier situación que afecte sus La Entidad Receptora de Servicios a la Comunidad o de Limitación de Días Libres informará a la Dirección Regional de Tratamiento del incumplimiento de la pena, conforme a los incisos 266.2 y 266.3 del Artículo 266 del Reglamento. Las visitas en los establecimientos penitenciarios se realizarán en forma ordinaria y extraordinaria. restrictivas de la libertad, las limitativas de derechos y las medidas de … Con la notificación, se citará al interno a formular los descargos correspondientes, que podrán ser presentados por escrito u oralmente. Web6lvwhpd 3huxdqr gh ,qirupdflyq -xutglfd 0lqlvwhulr gh -xvwlfld La conducción se efectuará respetando la dignidad e integridad física y mental del interno, así como garantizando su seguridad. El trabajo penitenciario puede ser individual o colectivo; en ambos casos, el INPE establecerá el horario y la producción mínima para efectos de las evaluaciones periódicas y la redención de la pena. La autoridad penitenciaria deberá tener en consideración otros factores que faciliten su ejecución y garanticen su éxito. Cuando el beneficiado con una semilibertad o liberación condicional necesite residir o realizar una actividad laboral o educativa fuera de la jurisdicción donde se encuentra, deberá solicitar autorización al juez que le concedió el beneficio. Recibido el informe del investigador, el Consejo Técnico Penitenciario deberá comunicar de su contenido al interno investigado, quien dispondrá de cinco días hábiles para alegar lo pertinente en favor de su defensa. En los demás casos, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la referida Ley Nº 29423, los condenados por delitos de terrorismo o traición a la patria no pueden acogerse a los beneficios penitenciarios de redención de la pena por el trabajo o educación. Además, implementará la instalación de teléfonos públicos exclusivamente en cabinas con accesos comunes en los establecimientos penitenciarios, excepto en los de Régimen Cerrado Especial de máxima seguridad. 32.3 Por fallecimiento o grave enfermedad de un familiar del interno dentro del tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad debidamente probados. El presidente tendrá voto dirimente. 2007-07-21 (PER-2007-R-76940)Decreto Legislativo núm. En la Etapa "A - Extrema Seguridad" el interno se encuentra sujeto a una estricta disciplina y vigilancia. El beneficio se concederá en los ambientes implementados para tal fin, y tendrá una periodicidad de 30 días. Artículo I. Objeto de regulación. Investigaciones Volumen 3, Situación actual de la ejecución penal en el Perú, primera aproximación empírica. En todos los procedimientos de revisión de los ambientes se permitirá, según el caso, la presencia del interno o su representante. En tal situación, tendrán prioridad en el ingreso y egreso a todo establecimiento penitenciario. Si en el lugar donde el sentenciado debe cumplir su pena de prestación de servicios a la comunidad no existe una Entidad Receptora de Servicios a la Comunidad o las plazas sean insuficientes, la Dirección Regional de Tratamiento que corresponda podrá autorizar al sentenciado el cumplimiento de su pena en una entidad no registrada que reúna las características señaladas en el artículo 34 del Código Penal. -Donde deberán inscribirse los internos que se van a dedicar a la actividad laboral. 265.4 Constancia expedida por la Entidad Receptora Limitación de Días Libres donde el sentenciado cumplió la pena. El régimen de visita será el previsto en el Artículo 29 del presente Reglamento. Los datos de carácter personal de los internos que hayan sido recabados para determinar su tratamiento penitenciario, podrán ser entregados al interno o podrán ser difundidos a otras personas con su consentimiento expreso y por escrito. 206.4 Las demás que determine el Consejo Técnico Penitenciario. En todo Establecimiento Penitenciario se elaborará una Ficha de Identificación y una Hoja Penológica que estarán a cargo del Registro Penitenciario. Bajo lineamientos y supervisión de la Oficina General de Seguridad del Instituto Nacional Penitenciario, las Direcciones de Seguridad de las Direcciones Regionales implementarán grupos de operaciones especiales debidamente equipados y capacitados para la conducción y traslados de internos, así como para prevenir y resolver los riesgos de seguridad interna originados por motines, toma de rehenes, reyertas, incendios, inundaciones y otras situaciones análogas, que pongan en peligro la vida o integridad física de las personas, así como la seguridad interna o externa del establecimiento penitenciario. La custodia de internos hospitalizados fuera del establecimiento penitenciario estará a cargo del personal de la Policía Nacional del Perú. La incomunicación dispuesta por una autoridad judicial o por medida disciplinaria, se cumplirá en los términos en que se haya dispuesto. El régimen disciplinario es el conjunto de medidas de seguridad, orden y disciplina que sirven para mantener la convivencia pacífica de los internos, estimular su sentido de responsabilidad y capacidad de autocontrol del interno, en función de la realización de los fines del tratamiento penitenciario. Concluida la formación del citado expediente, el Director del Establecimiento Penitenciario resolverá tal petición dentro de dos días hábiles. Nº 015-2003-JUS (Reglamento) INDICE EXPOSICION DE MOTIVOS TITULO PRELIMINAR TITULO I EL INTERNO (Artículo 1 al 8) TITULO II … Webrealizar las acciones de ejecución del acto, siendo aplicable para estos efectos lo dispuesto en el Título Cuarto de la Sección Tercera del Código Procesal Civil.
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